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PROTOCOLO TRANSITORIO DE ACCESO Y FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD DE APOYO A PACIENTES C.H.P. DE REGIONES (Ubicada en Calle Pezoa Véliz N°0108, lado CHP norte, Comuna de Estación Central, Santiago de Chile )



La “Unidad de Apoyo a pacientes de regiones en la C.H.P.”, (UAPR-CHP) ha sido creada conjuntamente con el propósito de prestar un servicio y beneficio de estadía transitoria y temporal, exclusivamente, a socios o cargas familiares de regiones de la Corporación de Bienestar Serbima, que requieran atenderse en la CHP, en exámenes y procedimientos clínicos complejos, utilización de equipos de alta calidad y/o intervenciones quirúrgicas en la Clínica Hospital del Profesor y que requieran

a) pernoctar el día antes, como preparación a los procedimientos o
b) pernoctar el día después del o los procedimientos, como precaución para viajar y retornar a su hogar.

La (UAPR-CHP) tiene funciones explícitamente y exclusivamente de carácter de apoyo clínico y deberá mantener su funcionamiento en ese ámbito.

No tendrá uso para otros fines que no estén asociados directamente a una atención clínica y médica, programada y autorizada por Serbima y CHP.

Queda explícitamente excluida la función de lugar de alojamiento, hotel, hostal o residencial normal o para cualquier otro fin.


Para obtener acceso al servicio y beneficio descrito precedentemente, se requiere:

- Encontrarse al día en las obligaciones pecuniarias con la Corporación de Bienestar Serbima.

- Llenar la solicitud correspondiente acreditando, para la realización de trámites hospitalarios, los certificados médicos u órdenes médicas de los exámenes o procedimientos clínicos respectivos.

- Remitir dicha solicitud a los ejecutivos de Serbima, ubicados en la Clínica Hospital del Profesor, Sr. Luis Sepúlveda C., teléfono 222996394, correo luis.sepulveda@serbima.cl y Sra. Camila Pinto B., al teléfono 222996391,correo camila.pinto@serbima.cl

- Este servicio y beneficio es totalmente gratuito para el socio o carga familiar con acompañante.

- Se exigirán todos los protocolos que dicte la autoridad sanitaria competente en el momento del uso de las dependencias.

- El socio debe cuidar y velar por el correcto y responsable uso de las instalaciones y los bienes muebles e inmuebles, como la ropa de cama, televisor y otras especies que requiera, las cuales deben ser entregadas en las mismas condiciones que fueron recibidas.

- Este servicio beneficio no contempla alimentación. Sin embargo, cuenta con una cocina totalmente equipada para calentar o refrigerar alimentos y/o para una preparación sencilla de éstos.

- En caso que por cualquier motivo de fuerza mayor o caso fortuito el paciente no pudiera concurrir en la fecha y hora programada y agendada en la UAPR-CHP, deberá dar aviso de inmediato a los ejecutivos de la Oficina Serbima en CHP. En caso que sea fuera del horario laboral o en días no hábiles, deberá dar aviso y llamar al funcionario Serbima, Encargado de la UAPR, al correo cesar. salinas@serbima.cl o teléfono +56 9 82265511.

La UAPR-CHP cuenta con cinco habitaciones, Living-Comedor y Cocina, debidamente equipadas:

- Una habitación con cama-clínica, cama acompañante y baño privado para minusválidos.

- Una habitación con cama-clínica, cama acompañante y baño privado.

- Tres habitaciones con dos camas de 1½ plaza y baños privados.

Esta implementación se encuentra equipada según inventario adjunto.

El daño o perjuicio provocado a los bienes de la UAPR-CHP, ocurrido por causas atribuibles directamente al socio, deberá ser repuesto o se descontará junto a la siguiente cuota social por planilla.
- El personal de la Corporación de Bienestar SERBIMA ubicado en la Oficina C.H.P., estará encargado de la recepción de la solicitud presentada por el socio, quienes deberán analizarla al igual que los documentos adjuntos.

- Una vez autorizada la solicitud y recibida conforme por el personal SERBIMA en CHP, vía correo electrónico, éstos deberán coordinarse con el funcionario de Serbima, Encargado de la “Unidad de Apoyo a pacientes de regiones” (UAPR-CHP) para agendar y programar la entrega del servicio y beneficio en dicha Unidad.

- La conformidad o autorización de la solicitud, será a más tardar al día siguiente de su presentación, dónde se iniciará la coordinación y posterior acompañamiento conducente a que el paciente reciba la atención del o los procedimientos clínicos programados en la Clínica Hospital del Profesor. Dicho contacto se realizará vía telefónica primero y luego en forma presencial en la CHP.

- El funcionario SERBIMA Encargado de la Unidad de Apoyo a pacientes de Regiones (UAPR-CHP), dependerá del Jefe de la Oficina SERBIMA en CHP y será el anfitrión de los socios/as, cargas y acompañantes, durante toda su estadía en dicha Unidad y se sujetará a las indicaciones entregadas para cada paciente, por el Jefe de la Oficina SERBIMA en CHP.

- El presente Protocolo, expresamente deslinda a la Clínica Hospital del Profesor, de cualquier responsabilidad frente al uso de la instalación de la UAPR-CHP; y se deja establecido formalmente en este instrumento, que el socio y acompañante aceptan que la CHP comienza y termina su responsabilidad clínica, con el ingreso y alta médica entregada al socio o carga, lo que obligatoriamente debe ser aceptado por ambos, mediante la firma del documento respectivo, antes de ingresar a la Unidad de Apoyo a Pacientes de Regiones (UAPR-CHP).